La Ley IETU, que por sus siglas implica el Impuesto Empresarial a Tasa Única, fue aprobada por el Congreso de la Unión el 1° de junio de 2007 y entró en vigor el 1 de enero del 2008. Grava la percepción efectiva de ingresos para las operaciones de enajenación de bienes, prestación de servicios y otorgamiento en uso o goce temporal de bienes.
Según indica en sus primeros artículos, los sujetos alcanzados son todas las personas físicas y morales residentes en territorio nacional, incluyendo las residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
En cuanto a su alcance, todos los ingresos obtenidos producto de la realización de las actividades señaladas al comienzo son gravados por este impuesto y se acumularán para efectos del IETU cuando sean efectivamente cobrados. Por su parte, existe la opción de deducir las erogaciones, Impuesto sobre la Renta (ISR), intereses de contratos de préstamo, financiamiento o arrendamiento financiero y aportaciones de seguridad social.
Exentos del IETU:
- Ingresos obtenidos por Entidades Federativas, Municipios, órganos constitucionales autónomos, entidades de administración pública paraestatal, partidos, asociaciones, sindicatos obreros y las sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales.
- Actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras.
Tasas aplicables:
- En 2008: 16,5%
- En 2009: 17%
- En 2010: 17,5%
- En 2011: 17,5% Tasa Vigente
hola compañera buenas noches.!
ResponderEliminargracias por compartir la informacion conmigo
es muy buena y de gran utilidad..!!
Buenas noches Araceli!
EliminarAsí es, es muy útil en nuestra carrera.
Saludos